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Donde Apostillar Documentos Extranjeros?

Con la Convención de La Haya por la que se Suprime el Requisito de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros, adoptada en La Haya, Países Bajos, el 5 de octubre de 1961, mejor conocida como Convención de la Apostilla, los Estados Contratantes eximen de legalización a los documentos públicos que deban ser presentados en sus territorios, exigiendo como única formalidad la fijación de la apostilla.

Para conocer el contenido y los Estados Contratantes de la Convención se puede consultar la página http://www.hcch.net/ A partir del 14 de agosto de 1995, México es parte de dicha Convención. El propósito de la adhesión de México a la Convención de La Haya, fue simplificar el sistema de «legalizaciones en cadena» por un sólo trámite denominado «apostilla».

Este trámite consiste en certificar que la firma y el sello de un documento público fueron puestos por una autoridad en uso de sus facultades. La apostilla, al igual que la legalización, únicamente certifica que la firma o sello que muestra el documento fue emitido por un funcionario público en ejercicio de sus funciones, pero no certifica la validez del contenido del mismo.

  • Documentos de Estados Unidos.
  • Dado que la mayoría de las solicitudes sobre obtención de apostilla se orienta a documentos públicos emitidos por autoridades estadounidenses, en este apartado se hace mayor énfasis en este país.
  • Tanto México como Estados Unidos son parte de la mencionada Convención.
  • Los documentos autenticados o emitidos por autoridades estadounidenses ya no se legalizan en los Consulados de México, sino que deben ser apostillados por las autoridades estadounidenses.

Estos documentos estadounidenses, que van a surtir efectos en México, deberán contener una certificación denominada Apostilla que se obtiene en las llamadas Oficinas del (la) Secretario (a) de Estado (Secretary of State) de cada uno de los Estados de la Unión Americana, cuyos datos pueden consultarse en Autoridades Apostillantes en los Estados Unidos de América.

Para realizar este trámite desde México, el interesado puede elegir entre las siguientes dos opciones: Vía directa El trámite se puede solicitar directamente ante la Oficina de la Secretaría de Estado (Secretary of State) de la Entidad Federativa correspondiente, (consultar enlace), presentando el documento original y el pago por este servicio, mismo que cada Oficina establece.

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Cabe mencionar que dado que este trámite no es personal, puede realizarlo una persona de la confianza del interesado. Vía postal 1.- Hacer solicitud al domicilio de la Oficina de la Secretaría de Estado (Secretary of State) de la Entidad Federativa correspondiente, para lo cual deberá solicitarse la información respectiva a la Secretaría de Estado donde realizará el trámite.2.- Una vez que se cuente con el documento apostillado, en México se deberá traducir al español por un perito traductor autorizado por el Tribunal Superior de Justicia del Estado que corresponda.3.- En el caso de las actas de nacimiento, de matrimonio y defunción, es necesario gestionar la inserción de datos ante el Registro Civil Mexicano.

  1. Documentos expedidos por autoridades mexicanas y que surtirán efecto en otros países.
  2. En el caso de los documentos públicos mexicanos que deban ser utilizados en un país adherido a la Convención de La Haya sobre la Apostilla, deberán apostillarse en la oficina que corresponda atendiendo a los siguientes criterios: Los documentos expedidos en cualquier Estado de la República Mexicana, deberán apostillarse en la Secretaría General de Gobierno de cada Estado Los documentos federales deberán ser apostillados por la Secretaría de Gobernación.

Los documentos expedidos por autoridades del Distrito Federal, deben apostillarse en la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos del Gobierno del Distrito Federal. Documentos de otros países en México. Si usted requiere apostillar documentos públicos extranjeros emitidos por Países Miembros de la Convención, el trámite deberá realizarse ante la autoridad apostillante del país de origen.

¿Dónde puedo ir apostillar?

Departamento de Legalización de Firmas de la Procuraduría General de la República.

¿Cuándo es necesario apostilla?

La apostilla es certificar la autenticidad de la firma de funcionarios públicos o agentes diplomáticos en ejercicio de sus funciones y la calidad en que hayan actuado, la cual deberá estar registrada en la base de datos del Ministerio de Relaciones Exteriores, para que el documento sea válido y surta efectos legales en otro país miembro del Convenio de la Haya de 1961, sobre la abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros. ¿Cuándo se requiere una apostilla? Cuando su documento debe surtir plenos efectos legales en un país que hace parte de la Convención sobre la Abolición del Requisito de Legalización para Documentos Públicos Extranjeros de La Haya de 1961,

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¿Dónde se legaliza y apostilla?

Deberá solicitar en la Notaría respectiva donde reposa el original, la fiel copia de su documento (registros civiles, escrituras públicas o libro de Registro de varios).

¿Qué precio tiene apostillar un documento?

Apostilla

Costos
Territorio Euro y Cuba EUR €7.39
Resto del Mundo USD $10.56

¿Quién puede asistir a la cita de apostilla?

Para tramitar la apostilla o legalización en papel (impresa) de sus documentos públicos, debe asistir a una cita usted o su representante legal. Para este último caso, debe tener un poder notariado y agregarlo el el sistema de la siguiente forma: 1. Hacer clic en el enlace Documento y luego en el botón agregar.

¿Cuánto tarda en llegar la apostilla Electrónica?

El tiempo de respuesta de un trámite de apostilla o de legalización en estudio, dependerá del número de solicitudes en espera, sin superar el término máximo de tres (3) días hábiles.

¿Cuál es el Convenio de La Haya?

Convención de 1954 – La Convención de la Haya del 14 de mayo de 1954 es parte del DIH, estableciendo los compromisos de los Estados que la suscriben para proteger los bienes culturales en caso de conflicto armado, respetando el patrimonio cultural de la nación o naciones en conflicto.

  • La Convención fue acompañada de un Reglamento y un Protocolo para la aplicación de los artículos.
  • Las disposiciones de la Convención de 1954 fueron mejoradas y complementadas mediante el Segundo Protocolo de la Convención de la Haya para la Protección de los Bienes Culturales en caso de Conflicto Armado del 26 de marzo de 1999.

En el caso de Chile, la convención fue ratificada en septiembre de 2008. Para implementarla, se ha creado el «Grupo Especial de Trabajo para la implementación de la Convención para la Protección de los Bienes Culturales en caso de Conflicto Armado y de sus Protocolos Adicionales» como parte de la Comisión de Derecho Humanitario.

Ministerio de Relaciones Exteriores. Ministerio de Defensa. Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos. Consejo de Monumentos Nacionales.

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¿Cómo verificar la autenticidad de una apostilla?

La apostilla es válida si: tiene una firma autógrafa (manuscrita) del funcionario, el sello húmedo. También si la firma del funcionario está digitalizada la apostilla es legal, solo que no tiene código de verificiación.

¿Cómo apostillar el certificado de antecedentes penales en Venezuela?

El organismo encargado de otorgar el Certificado de Antecedentes Penales es el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz. Puede solicitarlo a través del enlace siguiente: http://www.mpprij.gob.ve/ – CERTIFICACIONES PARA TRÁMITES INTERNACIONALES.

  1. Una vez que reciba su certificado digital, debe proceder a apostillarlo.
  2. Para ello, debe tramitar una apostilla electrónica.
  3. Mediante el sistema de apostilla electrónica, el usuario podrá solicitar el apostillado de su certificación registrándose en el portal de la Cancillería ( http://legalizacionve.mppre.gob.ve ).

La apostilla será enviada a su correo electrónico, en un sistema similar al que ya funciona para la solicitud de los antecedentes penales. No requiere solicitar cita en el Consulado. Puede obtener más información sobre este procedimiento a través de la cuenta instagram @consularesve o el enlace http://mppre.gob.ve/consulares/

¿Cuál es el Convenio de La Haya?

Convención de 1954 – La Convención de la Haya del 14 de mayo de 1954 es parte del DIH, estableciendo los compromisos de los Estados que la suscriben para proteger los bienes culturales en caso de conflicto armado, respetando el patrimonio cultural de la nación o naciones en conflicto.

La Convención fue acompañada de un Reglamento y un Protocolo para la aplicación de los artículos. Las disposiciones de la Convención de 1954 fueron mejoradas y complementadas mediante el Segundo Protocolo de la Convención de la Haya para la Protección de los Bienes Culturales en caso de Conflicto Armado del 26 de marzo de 1999.

En el caso de Chile, la convención fue ratificada en septiembre de 2008. Para implementarla, se ha creado el «Grupo Especial de Trabajo para la implementación de la Convención para la Protección de los Bienes Culturales en caso de Conflicto Armado y de sus Protocolos Adicionales» como parte de la Comisión de Derecho Humanitario.

Ministerio de Relaciones Exteriores. Ministerio de Defensa. Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos. Consejo de Monumentos Nacionales.